viernes, 5 de diciembre de 2014

El dolor en el derecho laboral

Abrimos una pequeña serie para explicar en qué consiste el trabajo del perito médico que actúa en el derecho laboral, especialmente en los casos en los cuales el dolor crónico es la causa de la incapacidad del paciente. Revisaremos los conceptos esenciales de interés general para el público, para conocer algo más de este mundo un poco "escondido" pero de gran valor social.

Los trabajadores que hayan estado cotizando a la Seguridad Social tendrán derecho a una cobertura económica o indemnización en el caso de no encontrarse plenamente capacitados para seguir desarrollando su oficio o profesión. En concreto podrán encontrarse en una de las siguientes situaciones: presentar secuelas no invalidaste por accidente de trabajo, tener una incapacidad parcial, una total, una absoluta o tener una gran invalidez.
El proceso de reconocimiento de una de estas condiciones compete al INSS, previo informe del Equipo de Valoración de Incapacidades, por solicitud de la Inspección de la Seguridad Social, la Mutua del Trabajo, a petición del trabajador. En la práctica diaria, el INSS es muy restrictivo, lo cual obliga al interesado a interponer una demandan el Juzgado de lo Social en el caso que se sienta perjudicado. En esta situación es cuando el demandante puede aportar un informe pericial y donde actúa el perito médico. Pero la misión del perito será de actuar con imparcialidad e informar desde una base científica, para asesorar al juez en la toma de decisión final.
Si por un lado hay diagnósticos muy objetivos e irrefutables, como es la pérdida de función por una amputación, hay otros que obligan al perito médico a un verdadero juego de construcciones lógicas. El médico especialista y experto en manejo del dolor tiene un importante desafío científico y jurídico cuando es llamado a actuar como asesor del juez en la causas del derecho laboral para el reconocimiento de estados patológicos que cursan con dolor de muy difícil manejo. Aunque no es una labor imposible sino fascinante. Analizaremos próximamente los instrumentos diagnósticos que nos permiten poder relacionar
la clínica con las pruebas complementarias en los casos de dolor crónico.


domingo, 9 de noviembre de 2014

Terapia regenerativa con células madres

Demasiadas veces se ha oído que un conocido o un familiar se ha curado gracias al milagroso tratamiento con células madre. La realidad es muy distinta y quienes pretenden convencer de poder obtener dichas células para supuestamente emplearlas en la cura del tejido enfermo, en realidad, están cometiendo un fraude. Voy a explicarme más concretamente. Hay que remontarse al problema sin resolver que siempre ha tenido la medicina acerca de la incapacidad del cartílago para regenerarse y del sucesivo descubrimiento de la células troncales mesenquimales, obtenidas a finales del siglo pasado por un complejo proceso de extracción y cultivo a partir de la médulas ósea. De hecho se observó como estas células, cuando inyectadas en el interior del disco intervertebral, eran capaces de sobrevivir, diferenciarse en células típicas y consecuentemente producir substancias propias de las células que habitan el núcleo del disco. Los primeros datos experimentales sobre humanos con patología degenerativa del disco intervertebral son muy alentadores observándose regeneración fiscal y acción inmunomoduladora, capaz, de por si, de reducir el estado inflamatorio y el dolor. La obtención de células de la médula ósea, su selección y cultivo es un proceso muy complicado y costoso que hace inviable su comercialización. Por otro lado, la Terapia Celular sólo está autorizada para ensayos clínicos o para tratamientos autorizados por la Administración.
De todo ello queda la esperanza de que en un futuro no lejano se pueda emplear la terapia regenerativa para aliviar y "curar" las lesiones, hasta ahora irreversibles, del envejecimiento celular y tisular.